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Nueva normativa patinetes eléctricos

Patienetes eléctricos aparcados. Ilustración nueva normativa de patinetes eléctricos

Si en una entrada anterior te contábamos algunos cambios importantes que sufrirá el seguro de Responsabilidad Civil en cuánto a los vehículos, hoy traemos una novedad muy reciente que afecta a los patinetes eléctricos. Se trata de la nueva normativa de la DGT que afecta a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

¿CUÁLES SON LOS VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL?

La DGT define los VMP como aquellos vehículos con una o más ruedas y una única plaza que estén impulsados únicamente por motores eléctricos. Además, contempla un límite de velocidad máxima por diseño que debe estar entre 6 y 25 km/h y solo pueden contar con un asiento o sillín si tienen un sistema de auto equilibrado.

ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DE PATINETES

Desde el pasado 22 de enero de 2024 la nueva normativa (que no ley) nacional de la DGT entró en vigor y con ella ciertos cambios que afectarán a esta clase de medios de transporte.

¿QUÉ DICE LA NORMATIVA DE PATINETES Y VMP?

Esta nueva regulación de la que estamos hablando tiene como principal cambio la obligatoriedad de que a partir del 22 de enero de 2022 todos los patinetes nuevos deberán llevar un marcaje en forma de chapa informativa que tendrá que contener la siguiente información:

  • N.º de serie del vehículo
  • Marca del vehículo
  • N.º de certificado
  • Año de fabricación

A continuación te dejamos una foto de un modelo de placa de homologación para VMP.

Chapa informativa para patinetes eléctricos

Todos los nuevos patinetes que se vendan desde este momento deberían contar ya con su homologación. De todos modos, en la página de la DGT puedes consultar la lista VMP homologados. Esto es así porque el anuncio de que se solicitarían estos documentos se hizo ya en el año 2022 y, por lo tanto, los fabricantes han tenido tiempo suficiente para revisarla, adaptar sus modelos y homologar sus productos.

¿QUÉ PASA SI MI PATINETE NO ESTÁ HOMOLOGADO?

En el caso de aquellos patinetes que hayan quedado fuera de la homologación la situación no debería preocuparte hasta 2027. Pero a partir del 22 de enero de 2027 dejarás de poder utilizarlo. En este período transitorio podrás circular con tu patinete eléctrico solo por carriles bici y zonas urbanas limitadas a 30 km/h aunque no tenga el certificado. Después de enero de 2027 tan solo podrán circular los patinetes que cumplan las especificaciones técnicas de esta normativa y cuenten con homologación y certificado.

¿PUEDO HOMOLOGAR MI PATINETE?

La DGT ha identificado tan solo 2 laboratorios para la homologación. Uno en España y otro en Italia. Lo que hace prácticamente imposible para cualquier particular homologar su patinete eléctrico.

LAS NUEVAS CARACTERÍSTICAS QUE ESTABLECE LA NUEVA NORMATIVA DE PATINETES ELÉCTRICOS

Además de la obligatoriedad de contar con un certificado y homologación, la normativa a partir de la citada fecha (22 de enero de 2024) los patinetes eléctricos también tendrán que cumplir una serie de requisitos técnicos. Algo que la mayoría ya hacen pues se indicaron ya en el BOE el 21 de enero de 2022.

Las condiciones son las siguientes:

  • No superar 25 km/h (y no estar manipulados para subirla)
  • Contar con idicador de velocidad y de nivel de batería visibles.
  • Necesitan tener 2 frenos independientes.
  • Tienen que contar con avisador acústico.
  • Necesitan contar con un estabilizador (tipo pata) para cuándo se estacionen.
  • Deben contar con luces reflectantes en el frontal y los laterales y en la parte trasera deberá llevar además una luz de freno.
  • En el caso de ser un VMP utilizado para transporte de mercancías, debe indicar con avisador de marcha atrás y llevar reflectantes en las aristas de la carga.
  • Deben contar con un sistema seguro de plegado que evite que se abran accidentalmente.
  • No podrán utilizar neumáticos lisos.

LAS CONSECUENCIA DE NO CUMPLIR LA NOMATIVA

En el caso de conducir un VMP que incumpla la normativa, además de una multa, en caso de accidente el conductor puede enfrentarse a tener que pagar los gastos asociados a la responsabilidad civil y, en estos casos de haber seguro no ser haría cargo por tratarse de una imprudencia o negligencia.

Otras multas frecuentes a los patinetes eléctricos

Aunque de momento no se vaya a sancionar la circulación de patinetes eléctricos sin homologación, si que existe una lista frecuente de sanciones que frecuentemente reciben los usuarios de estos vehículos ya que, en muchos casos, estos ignoran la normativa que como vehículos les afecta.

  • Superar los 25 km/h puede suponer una multa de hasta 200€ y si se ha trucado el patinete de 500€.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol puede suponer entre 500 y 1000€ de sanción. En caso de ir drogado la multa sería de 1000€.
  • Utilizar el móvil o cascos: 200€.
  • Circular más de 1 persona en el patinete: 100€
  • No llevar luces ni prendas reflectantes: 200€.
  • Circular por zonas peatonales, autopistas y autovías: 200€.

¿NECESITO SEGURO PARA UTILIZAR MI PATINETE ELÉCTRICO?

De momento no es obligatorio contar con un seguro para circular en un patinete eléctrico, siempre y cuándo se trate de uno que entre en la categoría VMP.

En todo caso, como te contamos en esta otra entrada, la UE ha abierto la puerta a que los distintos estados que la conforman puedan solicitarlo si así lo desean.

DISTINGUIR ENTRE VMP Y CICLOMOTORES

En el mercado existen además de los VMP otro tipo de patinetes eléctricos de apariencia similar pero que pasan a considerarse ciclomotores. En este caso, se trata de vehículos con una potencia que les permite superar los 50 km/h (y suelen llevar sillín).

En este caso, se consideran ciclomotores y se les aplica la misma normativa. Por lo tanto, en caso de utilizar uno de estos es obligatorio tanto la matriculación como contar con seguro de circulación.

ALGUNAS DUDAS FRECUENTES SOBRE LOS PATINETES ELÉCTRICOS

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA NUEVA LEY DE PATINETES?

La normativa de la DGT sobre VMP entró en vigor el 22 de enero de 2024 pero habrá un período transitorio para la homologación de vehículos hasta el 22 de enero de 2027.

¿QUÉ ES OBLIGATORIO LLEVAR CON UN PATINETE ELÉCTRICO?

Los VMP tendrán que cumplir una serie de requisitos técnicos. El principal será contar con homologación y llevar una placa que lo atestigüe. Además, no pueden superar 25 km/h y deberán de contar con: luces y reflectantes, indicador de velocidad, frenos independientes, plegado de seguridad.

Además, el usuario deberá llevar al menos casco cuando lo utilice.

¿NECESITO SEGURO PARA UTILIZAR MI PATINETE ELÉCTRICO?

Siempre que tu patinete sea un VMP no necesitas un seguro. Aunque es recomendable porque por muy poco te proteges en caso de sufrir un accidente y también puedes incluir cobertura contra el robo.

¿CÓMO SABER SI UN PATINETE ESTÁ HOMOLOGADO?

En la página web de la DGT se puede encontrar el listado completo de VMP homologados para circular.

Si tu patinete tiene ya una placa de homologación esto es muy sencillo, pues solo tendrás que comprobar el número de serie en esta misma página.

¿QUÉ PASA SI MI PATINETE NO ESTÁ HOMOLOGADO?

Si tu patinete no está homologado podrás seguir circulando con él hasta el año 2027.

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